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Auxilio por defunción de la Seguridad Social

5 años desde el fallecimiento para reclamarlo (prescripción).

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El auxilio por defunción es una prestación económica de pago único que la Seguridad Social entrega para compensar parcialmente los gastos del sepelio. Es una cuantía pequeña en el régimen general (46,50€), congelada desde hace décadas, pero gratuita de solicitar.

Quién la cobra: la persona que haya pagado los gastos del sepelio, presentando factura a su nombre. Si fue la familia colectivamente, lo solicita una persona designada. Si no hay nadie que lo reclame, prescribe.

Cuantía según mutualidad:

  • Régimen general (INSS): 46,50€
  • MUFACE (funcionarios civiles del Estado): cuantía superior, suele rondar los 200-300€. Hay que tramitarlo en la mutualidad, no en el INSS.
  • ISFAS (funcionarios militares): similar a MUFACE.
  • Clases Pasivas (funcionarios antiguos): cuantía propia, gestionada por el Ministerio de Hacienda.

Cómo se solicita:

  1. Sede electrónica del INSS con certificado digital o Cl@ve (la vía más rápida).
  2. Presencialmente en un CAISS con cita previa.
  3. Postal a la Dirección Provincial del INSS.

Documentación clave: la factura de la funeraria a nombre del solicitante es lo que prueba quién soportó el gasto. Si la factura está a nombre del fallecido o de alguien que ya no quiere reclamar, la solicitud puede ser denegada.

Compatibilidad: el auxilio por defunción es compatible con la pensión de viudedad y con cualquier seguro de vida privado.

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